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Preguntas Frecuentes

Todo lo que debe que saber a la hora de invertir en Uruguay

¿QUIENES PUEDEN COMPRAR PROPIEDADES EN URUGUAY?
Pueden comprar propiedades y tierra en Uruguay los ciudadanos uruguayos y los ciudadanos extranjeros de cualquier nacionalidad sin ninguna limitación o restricción. La propiedad puede ser comprada a titulo personal (Persona Física) o a nombre de una Sociedad Comercial como ser Sociedad Anónima (cuyas acciones deberán ser nominativas para la compra de bienes rurales) o Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L), entre otras.

¿A QUE TITULO PUEDE SER COMPRADA UNA PROPIEDAD EN URUGUAY?
Los títulos y modos hábiles para adquirir el dominio de bienes inmuebles de acuerdo al Derecho Uruguayo son la Compraventa, la Permuta, la Donación, la Sucesión por causa de muerte y la Prescripción, así como otros no tan comunes.

¿QUE TIPO DE PROPIEDAD PUEDE COMPRAR UN CIUDADANO EXTRANJERO?
Cualquier tipo de bien inmueble, ya sean casas, apartamentos, locales, terrenos, estancias, chacras, campos en general, etc.

¿COMO SE ACREDITA LA PROPIEDAD DE UN INMUEBLE EN URUGUAY?
El régimen jurídico de la propiedad en el Uruguay es de absoluta certeza y seguridad para los negocios jurídicos. La propiedad se acredita mediante un Titulo de Propiedad que en la mayor parte de los casos debe instrumentarse con una escritura pública autorizada por un Escribano Público y en otros (Sucesión o Prescripción) por medio de Sentencia Judicial. En todos los casos consta la descripción y deslinde completo del inmueble (Padrón, plano, inscripción en Catastro, etc), así como los datos del/los propietario/s. Todo título de propiedad se inscribe en el Registro de la Propiedad Inmueble, Organismo público dependiente del Ministerio de Educación y Cultura.


GASTOS ASOCIADOS A LA COMPRA/VENTA DE UN INMUEBLE

COSTOS DE LA COMPRA

Los costos varían del 8 al 9% aproximadamente
1. Honorarios del Agente Inmobiliario. Son el 3% + IVA (22%) sobre el precio de venta.
2. Honorarios del Escribano. Son el 3% + IVA sobre el precio de venta.
3. Inscripciones, Certificados y otros Registros. Costo de 0,7% aproximadamente.
4. Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales (ITP). Es un impuesto a la transferencia de bienes inmuebles. El valor es de un 2% del valor catastral.


COSTOS DE LA VENTA

1. Honorarios del Agente Inmobiliario. Son el equivalente al 3% + IVA (22%) sobre el precio de venta.
2. Impuesto a las Ganancias (IRPF). Es del 12% sobre la renta en la venta de un inmueble. La renta se determina restando al precio de venta el costo fiscal actualizado del bien, las mejoras documentadas, y el ITP de cargo del vendedor. Sólo debe abonarse si la venta se efectúa a mayor precio que la compra del mismo bien en su momento. En el caso que el inmueble haya sido adquirido antes del 01/07/2007, el contribuyente podrá optar entre determinar la renta por el régimen mencionado anteriormente, o calcular la misma mediante la aplicación de un valor ficto del 15% del precio de venta. (1,8% del precio de venta).
3. Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales (ITP) 2% del valor catastral. 

Fecha
12/Abr/2010
Etiquetas
gastos asociados al comprar o vender una propiedad, información general
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